La Junta Electoral Central (JEC) ha asegurado que la exigencia de proporcionalidad a las televisiones privadas en la información de las campañas electorales es únicamente "prudencial, y no aritmética como la exigida en los medios de titularidad pública", según señala ante una consulta que le ha realizado el Consejo Audiovisual de Navarra a instancias de tres televisiones regionales de la comunidad foral, que tenían dudas de si las cadenas comerciales están obligadas a las mismas exigencias que las públicas en sus espacios informativos sobre la campaña.
El máximo órgano de vigilancia electoral ha aclarado que el respeto de las televisiones privadas al principio de proporcionalidad en la emisión de la información relativa a la campaña electoral no debe traducirse necesariamente en una conversión aritmética de los votos obtenidos por cada partido político en tiempo de noticia en cada uno de los días de campaña.
La JEC aprobó el pasado marzo, con motivo de las elecciones autonómicas, una polémica instrucción de aplicación de la nueva LOREG, que obligaba a las televisiones privadas a "respetar también los principios de proporcionalidad y neutra
lidad informativa en los debates y entrevistas electorales, así como en la información relativa a la campaña electoral que decidan realizar, como establece el citado artículo 66.2 de la LOREG".
Uteca recurrió esta instrucción a la vía contencioso-administrativa, y ahora la JEC, a petición del Consejo Audiovisual Navarro, ha precisado que este respeto que se reclama a los operadores comeciales es "una exigencia de proporcionalidad prudencial y no aritmética como la exigida a los medios de titularidad pública".
De la contestación de la Junta Electoral, el Consejo Navarro deduce que "lo que se exije a las televisiones privadas durante la campaña electoral es la realización de un esfuerzo por una cobertura informativa plural e imparcial. Lo que se excluye ahora es la obligación jurídica de respeto a una rigurosa distribución temporal en la información".